La firma de asesoría Puigverd Assessors ha anunciado que, desde el 7 de junio de 2026, entra en vigor la Directiva (UE) 2023/970, que establece normas sobre transparencia retributiva. Esta legislación busca fortalecer el principio de igualdad salarial entre hombres y mujeres y será supervisada por la Inspección de Trabajo en su plan de actuación para el periodo 2025-2027.
Aunque la transposición de la normativa a la legislación española aún está en marcha, Puigverd Assessors advierte que las empresas no deben esperar para adaptarse a estos nuevos requisitos. Desde el departamento laboral de la firma se enfatiza la importancia de revisar las políticas salariales y los procesos de selección para evitar posibles sanciones y riesgos legales en el futuro.
Entre las disposiciones más significativas de la Directiva se incluye la obligación de mencionar el salario o la banda salarial en las ofertas de trabajo, o al menos, antes de la primera entrevista. Asimismo, se prohíbe preguntar a los candidatos sobre su retribución anterior, poniendo énfasis en criterios objetivos para la valoración de los puestos ofrecidos.
Además, los trabajadores tendrán el derecho de solicitar información sobre sus niveles salariales individuales y los promedios de salario por sexo en posiciones equivalentes. Para garantizar esta transparencia, las empresas deberán implementar sistemas objetivos que clasifiquen a su plantilla.
El control de la brecha salarial también se convierte en un aspecto fundamental. Si en alguna categoría profesional la diferencia salarial entre mujeres y hombres supera el 5% sin justificación objetiva, la compañía está obligada a evaluarlo en conjunto con los representantes legales de los trabajadores y a adoptar medidas correctivas en un plazo máximo de seis meses. Este umbral se calculará por categorías profesionales, según lo subrayado por Puigverd Assessors.
Las obligaciones de reporte de la brecha salarial variarán de acuerdo al tamaño de la empresa. Las organizaciones con más de 250 empleados deberán presentar un informe anual a partir de junio de 2027, mientras que aquellas con entre 100 y 250 empleados tendrán que reportar cada tres años. Las empresas con menos de 100 trabajadores no tendrán que elaborar reportes periódicos, pero sí deberán cumplir con el resto de las obligaciones previstas.
Asimismo, la Directiva modifica la carga de la prueba en casos de discriminación, asignando al empleador la responsabilidad de demostrar que no existe tal discriminación. Ante este nuevo panorama, Puigverd Assessors aconseja a las empresas revisar sus procesos de contratación, registros salariales y cualquier disparidad que pueda existir en las retribuciones.
«Tomar medidas preventivas resulta mucho más eficiente que reaccionar a una inspección o a una demanda judicial. Una política adecuada de transparencia salarial no solo disminuye los riesgos legales, sino que también incrementa la confianza y reputación de la empresa», concluyen desde la asesoría.


