La Dirección General de Tributos (DGT) ha respondido a una consulta vinculante planteada por el Gerente de la Empresa Municipal de la Vivienda de Gijón, Ángel Luis Benavente Miranda, sobre la interpretación del artículo 23.2 de la Ley de IRPF, que fue modificada por la Ley 12/2023, de 24 de mayo, en el marco del derecho a la vivienda. Esta consulta se ha centrado en la posibilidad de que los arrendatarios accedan a una reducción fiscal de hasta el 70% cuando se inscriben en un programa público de alquiler de vivienda.
La citada ley establece diferentes reducciones sobre el rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual y permanente, dependiendo de las circunstancias. Sin embargo, según el consultante, la redacción original de la ley no era del todo clara y no coincidía con lo trasladado al marco del IRPF en ciertos casos.
El gerente de EMVISA ha argumentado que la intención del legislador es promover diversas vías de colaboración para incentivar el alquiler de vivienda, señalando que no es estrictamente necesario que la Administración actúe como arrendataria para que los propietarios puedan beneficiarse de la citada reducción fiscal. En este sentido, la DGT ha precisado que la reducción del 70% también se aplica cuando la vivienda se destina a un programa público de vivienda que implique una limitación en el precio del alquiler, diferenciando así dos escenarios relevantes.
Esta interpretación tiene implicaciones significativas, sobre todo para el programa «Gijón Confía Alquilando», impulsado por el Ayuntamiento de Gijón, que busca facilitar el acceso a vivienda en alquiler mediante incentivos fiscales para los propietarios. De esta manera, se espera fomentar una mayor disponibilidad de propiedades en alquiler, beneficiando no solo a los arrendadores, sino también a quienes buscan una vivienda asequible en el mercado. Las repercusiones de esta resolución podrían extenderse a otras iniciativas municipales a nivel nacional que aspiran a mejorar la situación del alquiler en España.


