El panorama fiscal en España se transforma de manera significativa con la reciente actualización de las obligaciones informativas financieras por parte de la Agencia Tributaria, que entrará en vigor en enero de 2026. Esta reforma, establecida en el Real Decreto 253/2025, intensificará el control sobre los medios de pago electrónicos, incluyendo plataformas como Bizum y tarjetas bancarias, así como las cuentas de pago utilizadas por profesionales y empresas.
A partir de la fecha mencionada, las entidades financieras y plataformas de pago tendrán la obligación de enviar mensualmente a la Agencia Tributaria información detallada sobre una serie de aspectos clave. Esto incluirá los movimientos de cuentas bancarias y no bancarias, las operaciones realizadas con tarjetas (ya sean físicas o virtuales), y los cobros y pagos efectuados a través de Bizum y sistemas similares. Este cambio implica una transición de un reporte anual a uno mensual, con el fin de que la Agencia Tributaria disponga de datos más actualizados y útiles para supervisar la actividad económica del país.
Uno de los elementos más relevantes de esta nueva normativa es la eliminación de ciertos límites establecidos previamente. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar sobre operaciones realizadas con tarjeta o Bizum si el volumen superaba los 3.000 euros anuales. Sin embargo, este umbral desaparece, lo que significa que todas las transacciones profesionales estarán sujetas a control fiscal, independientemente de su cuantía. Esto implica que cualquier cobro realizado mediante Bizum, por pequeño que sea, será reportado a Hacienda si está relacionado con una actividad económica, como la que efectúan autónomos, empresas y profesionales.
Sin embargo, es importante destacar que los Bizums entre particulares que no tengan un propósito económico no necesitarán ser informados a la Agencia Tributaria, a menos que encubran una actividad profesional.
Las nuevas obligaciones informativas se centran en aquellos empresarios, profesionales y autónomos que utilizan medios de pago electrónicos en el marco de su actividad económica. Esto abarca cobros y pagos realizados mediante Bizum por servicios o ventas, transacciones con tarjetas vinculadas a la actividad profesional, y cuentas de pago empleadas para gestionar ingresos o gastos empresariales. Los datos que se proporcionen a la Agencia Tributaria serán agregados mensualmente por negocio, permitiendo un cruce eficiente con las declaraciones de IVA, IRPF e Impuesto sobre Sociedades.
Para los autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes), esta reforma traerá consigo varias consecuencias prácticas. Entre ellas se encuentran una mayor visibilidad de sus ingresos electrónicos ante Hacienda, la necesidad de gestionar correctamente los cobros y pagos para evitar inconsistencias, y la ventaja de separar sus finanzas personales de las profesionales.
Quienes reciban pagos a través de Bizum o tarjetas en el contexto de su actividad económica deberán asegurarse de que esos ingresos estén correctamente declarados y reflejados en su contabilidad, ya que el nuevo control fiscal refuerza la trazabilidad de la actividad económica en la era digital. Este cambio supone a la vez una mejora en la supervisión tributaria, así como un recordatorio sobre la importancia de gestionar la fiscalidad de los pagos digitales con rigor y asesoramiento experto.
En este contexto, Puigverd Assessors ofrece sus servicios para ayudar a adaptar la contabilidad y cumplir con las nuevas obligaciones fiscales que impone este nuevo escenario, garantizando que la actividad de sus clientes se ajuste a la normativa vigente y evitando posibles sorpresas con la Agencia Tributaria.





