La entrada en vigor de una nueva ley sobre la venta de préstamos impagados ha generado un debate significativo en el ámbito de la protección de los consumidores endeudados en España. Esta legislación tiene como objetivo inicial ofrecer ayuda a las personas consideradas vulnerables, permitiéndoles negociar planes de reembolso viables con los bancos. Sin embargo, las recientes enmiendas propuestas han suscitado preocupación, ya que podrían limitar el acceso a los beneficios previstos al reformular la noción de «vulnerabilidad».
Uno de los principales temores es que la gran mayoría de los consumidores españoles endeudados quede fuera de las protecciones ofrecidas por esta ley, especialmente cuando sus préstamos al consumo son vendidos a agencias de cobro. La redefinición del término «vulnerabilidad» podría transformarse en un obstáculo crítico, mucho más restrictivo.
La especialista María Petrache, perteneciente a Unifye SL, ha puesto de manifiesto cómo una situación similar se vivió en el Reino Unido en 2005. En aquel entonces, la definición de cliente vulnerable se convirtió en un área clave de controversia, donde entidades financieras buscaron una interpretación más limitada para acotar el acceso a las ayudas.
En el contexto económico actual, para ser considerado un deudor vulnerable en España, una persona debe recibir el Ingreso Mínimo Vital de 604,21 euros mensuales, sin más especificaciones. No obstante, esta medida es criticada por no contemplar otras variables significativas que podrían influir en la capacidad de un individuo para reembolsar sus deudas.
Con ingresos tan reducidos, las personas enfrentan dificultades para cubrir necesidades básicas como el alquiler, la alimentación, los servicios básicos y la atención médica. En grandes ciudades como Madrid o Barcelona, esta cantidad es insuficiente para subsistir, lo que agrava la situación de los endeudados.
Para establecer una definición justa y razonable de vulnerabilidad, se sugiere incorporar en la evaluación factores como los ingresos totales, las cargas familiares, el número de dependientes económicos, así como los gastos esenciales en educación y salud. La vulnerabilidad debe medirse en función de la asequibilidad real y las circunstancias diarias de las personas.
La legislación propuesta solo permite a los consumidores vulnerables la opción de proponer un Plan de Pago, facilitando un reembolso que se ajuste a sus posibilidades económicas. Esta es la única herramienta que los deudores vulnerables realmente necesitan y desean.
La comunidad sigue esperando con ansiedad el texto final de esta ley, con la esperanza de que la normativa resultante proteja efectivamente a las personas vulnerables, que es el principal propósito planteado por el legislador.