La Comisión Europea ha puesto en el punto de mira la normativa española sobre los alquileres de corta duración, obligando al gobierno a modificar su sistema de registro en un plazo de cinco meses. Según Bruselas, el actual modelo de doble registro es «inadmisible» y viola la normativa comunitaria, específicamente el Reglamento europeo sobre alquileres de corta duración (Reglamento STR), que exige que una unidad de alojamiento no esté sujeta a múltiples procedimientos de registro a diferentes niveles administrativos.
El reciente comunicado destaca que la Ventanilla Única Digital, diseñada para identificar pisos de corta duración ilegales, crea una nueva obligación estatal que se superpone a los registros autonómicos y locales ya establecidos. Esta dualidad es señalada por la Comisión como un obstáculo para la efectiva implementación de la normativa europea.
En el contexto de este proceso, conocido como procedimiento TRIS, que permite a Bruselas supervisar las normativas nacionales que podrían afectar el mercado interior, se advierte que España deberá adaptarse para cumplir con las exigencias comunitarias. Las autoridades europeas subrayan que no pueden imponerse requisitos adicionales a las plataformas digitales que vayan más allá de lo estipulado en el Reglamento de Servicios Digitales (DSA). Esto significa que se prohíbe a las plataformas la obligación de mostrar números de registro que no se alineen con el marco legal europeo.
Además, la Comisión Europea ha enfatizado que ni el Ministerio de Vivienda ni el de Consumo tienen la facultad para supervisar a las plataformas de alquiler o imponer sanciones en este ámbito. La responsabilidad en la supervisión recaerá exclusivamente en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que asumirá este papel oficialmente a partir de enero de 2024. Con estas medidas, la UE busca asegurar un mercado más transparente y eficaz en el sector de los alquileres de corta duración, alineando la legislación española con el marco normativo europeo.




