Escoem Analiza la Sentencia del Tribunal Supremo sobre el Requisito de Jornada Completa para los Trabajadores

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Escoem analiza la sentencia del Tribunal Supremo que aclara el requisito del trabajador a jornada completa

La reciente Sentencia del Tribunal Supremo, dictada el 14 de julio de 2025, ha marcado un punto de inflexión en la fiscalidad de la empresa familiar al aclarar el requerimiento del trabajador a jornada completa. Esta decisión pone fin a diversas interpretaciones restrictivas por parte de la Administración que generaban incertidumbre en la aplicación de las reducciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Históricamente, la Agencia Tributaria había interpretado de manera estricta el artículo 27.2 de la Ley del IRPF, exigiendo no solo un contrato formal de trabajo, sino también pruebas de una carga de trabajo efectiva y sustancial que justificara que el empleado laborara a jornada completa. Esta interpretación solía resultar en la denegación de las reducciones fiscales si se consideraba que el trabajador no desempeñaba funciones suficientes dentro de la empresa, llevando a las compañías a demostrar una dedicación concreta, incluso en actividades que no requerían una presencia constante.

El alto tribunal ha rectificado esta postura, subrayando que la normativa vigente no requiere demostrar una carga efectiva de trabajo. Es suficiente con presentar un contrato laboral válido, vigente y formalizado a jornada completa, conforme estipula la ley. Sin embargo, el Tribunal Supremo también advierte que, si la Administración considera que el contrato es meramente formal o simulado, deberá demostrarlo mediante el procedimiento legal correspondiente, y no puede basar su decisión en apreciaciones subjetivas.

La sentencia resalta que la ley no establece distinciones entre la intensidad del servicio prestado, por lo que no se pueden añadir requisitos adicionales de interpretación cuando el legislador no los ha contemplado expresamente.

Las implicaciones prácticas de esta doctrina son significativas en la planificación sucesoria de las empresas familiares. Al reducir la discrecionalidad administrativa en la aplicación de las reducciones fiscales del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se refuerza la seguridad jurídica. A partir de este pronunciamiento, las Administraciones no podrán denegar automáticamente beneficios fiscales bajo el pretexto de una carga de trabajo insuficiente, siempre que exista un contrato de trabajo a jornada completa válido. Esta situación disminuirá notablemente el riesgo fiscal y contribuirá a la continuidad de las empresas familiares en un entorno normativo más estable y predecible.