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Puigverd Assessors analiza y detalla la ley 10/2021 de 9 de julio, de trabajo a distancia

La Ley 10/2021 de 9 de julio, de Trabajo a Distancia, es una normativa clave para las relaciones laborales en las que el trabajo se realiza a distancia de manera regular. Según explica Puigverd Assessors, una firma con sede en Sabadell, esta ley es aplicable cuando, en un periodo de referencia de tres meses, al menos el 30% de la jornada laboral se realiza a distancia, aunque los convenios colectivos pueden establecer porcentajes o periodos inferiores.

Para comprender la Ley 10/2021, es esencial diferenciar entre tres conceptos: el trabajo a distancia, el teletrabajo y el trabajo presencial. El trabajo a distancia implica realizar la actividad laboral desde el domicilio del trabajador o desde un lugar elegido por este, de manera regular. El teletrabajo es una modalidad de trabajo a distancia que requiere el uso indispensable de sistemas informáticos y de telecomunicaciones. Por último, el trabajo presencial es la forma tradicional de realización de la actividad laboral en el centro designado por la empresa.

La Ley del Trabajo a Distancia establece diversos puntos clave:

  • Acuerdo voluntario y reversible: La decisión de trabajar a distancia debe ser voluntaria y reversible tanto para el trabajador como para el empleador. Este acuerdo debe formalizarse por escrito y enviarse a la oficina de empleo, siendo sancionable su incumplimiento con multas económicas.

  • Igualdad de derechos: Los trabajadores a distancia tienen los mismos derechos que los presenciales, incluyendo acceso a formación, promoción profesional y percepciones salariales equivalentes.

  • Dotación de medios: La empresa debe proporcionar y mantener los equipos necesarios para el trabajo a distancia y asumir los gastos relacionados.

  • Derecho a la desconexión digital: Se garantiza a los trabajadores el derecho a desconectar de dispositivos digitales fuera de su horario laboral.

  • Control del trabajo: Las empresas pueden adoptar medidas para controlar el cumplimiento de la actividad laboral respetando siempre la dignidad del trabajador.

  • Prevención de riesgos laborales: La empresa debe asegurar la seguridad y salud de los trabajadores a distancia mediante la evaluación de riesgos y la adopción de medidas preventivas adecuadas.

Además, la ley establece derechos específicos para los trabajadores a distancia:

  • Derecho a la flexibilidad horaria: Los trabajadores pueden organizar su horario dentro de los límites establecidos.

  • Derecho a la información y participación: Deben estar informados sobre vacantes disponibles y participar en actividades y formaciones de la empresa.

  • Protección de datos: La empresa debe cumplir con la normativa de protección de datos, garantizando la privacidad de la información personal de los trabajadores.

La Ley 10/2021 también contempla sanciones, incluida la imposición de multas que varían dependiendo de la gravedad de la infracción, y la obligación a la empresa de rectificar las deficiencias detectadas. En casos graves, puede haber reclamaciones de responsabilidad civil.

Esta ley proporciona un marco legal claro y detallado para el trabajo a distancia en España, orientado a garantizar condiciones equitativas y la protección de los derechos de los trabajadores, al tiempo que establece las obligaciones de los empleadores. Consu enfoque en la igualdad de derechos, la dotación de medios, la desconexión digital y la prevención de riesgos laborales, esta normativa pretende adaptarse a las nuevas realidades del mundo laboral, promoviendo un entorno más flexible y seguro para todos.

María MR
María MRhttps://mirevista.com
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