Una reciente sentencia judicial ha admitido la división de propiedades compartidas y ha condenado a la parte demandada al pago de las costas procesales. Los demandantes, clientes de Vilches Abogados, son copropietarios de dos viviendas junto a su hermano, una situación que les ha generado numerosos problemas y que deseaban resolver con urgencia.
Después de varios intentos fallidos de negociar la adquisición de las propiedades o su venta a terceros, el despacho de abogados se vio obligado a interponer una demanda de extinción de condominio. Este derecho, reconocido por el código civil, permite a los propietarios dividir la cosa común.
En un giro inesperado del caso, la parte demandada cometió un error en su contestación a la demanda. Aunque manifestaron su conformidad con la demanda -es decir, su allanamiento- esta manifestación no correspondía con lo que realmente solicitaban al juzgado. Durante la primera audiencia, el despacho de abogados dejó claro que la parte demandada no se estaba allanando de manera completa, sino que realmente estaba oponiéndose a la demanda, lo que les llevaría a ser condenados en costas una vez que se estimara la demanda.
Para que la existencia de un allanamiento parcial tenga reconocimiento en costas, debe existir un escrito expreso de tal allanamiento, algo que no ocurrió en este caso. Según reiteraciones del Tribunal Supremo, la intención de desestimar la demanda, aunque se reconozcan algunos extremos de la misma, no es suficiente.
Finalmente, la sentencia favoreció a los demandantes, admitiendo la división de las propiedades en las cuotas correspondientes y condenando a la parte demandada al pago de las costas procesales del pleito.
El caso completo puede ser consultado en el sitio web de Vilches Abogados, donde se detallan los pormenores de este éxito jurídico.