La reciente entrada en vigor de la Ley 2/2025, el 1 de mayo de 2025, ha marcado un hito en la legislación laboral de España, en particular al modificar aspectos cruciales del Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social. Una de las principales novedades de esta reforma es la eliminación de la extinción automática del contrato de trabajo en casos de incapacidad permanente, un cambio que resalta la importancia de la inclusión laboral.
Anteriormente, cuando un trabajador era declarado con incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, su contrato podía extinguirse sin más trámite. Con el nuevo marco legal, las empresas están obligadas a explorar opciones antes de tomar una decisión tan drástica. Esto implica que deben considerar la posibilidad de ajustar el puesto de trabajo o, en su defecto, reubicar al empleado en una función que se adecue a su nueva situación.
El procedimiento que deben seguir las empresas tras la declaración de incapacidad permanente implica varios pasos. Primero, el trabajador tiene un plazo de 10 días naturales para comunicar su deseo de seguir en la empresa. Después, la empresa cuenta con un máximo de tres meses para evaluar la situación y decidir si puede realizar ajustes razonables o reubicar al trabajador. Solo si estas medidas no pueden implementarse sin que supongan una carga excesiva para la empresa, se podrá proceder a la extinción del contrato, siempre con una justificación.
Los «ajustes razonables» se definen como las modificaciones necesarias para permitir que una persona con discapacidad desarrolle sus funciones en un entorno laboral equitativo. La ley establece criterios claros para determinar cuándo una carga es excesiva, con un enfoque particular en las pequeñas empresas de menos de 25 empleados. En estos casos, se considerará excesiva la carga si el coste de la adaptación sobrepasa la indemnización legal por despido o el equivalente a seis meses de salario del trabajador, sin tener en cuenta ayudas públicas.
Esta modificación legislativa no solo plantea un desafío, sino también una oportunidad para las empresas. Los empresarios y emprendedores deben evaluar proactivamente la posibilidad de realizar estos ajustes y documentar adecuadamente cada paso del proceso. Esto no solo facilita el cumplimiento de la nueva normativa, sino que también fortalece la posición de la empresa frente a posibles inspecciones o litigios.
La Ley 2/2025 representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales de las personas con discapacidad, fomentando un entorno de trabajo más inclusivo. Organizaciones como Puigverd Assessors están comprometidas en ofrecer asesoramiento a las empresas para garantizar que se adapten a esta nueva legislación, promoviendo así prácticas laborales que alineen con los principios de igualdad y no discriminación.