Los propietarios, entre la espada y la pared: Declarar ingresos por alquileres impagos y la creciente inquiokupación

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A medida que se acerca la temporada de declaración de la renta, muchos propietarios se enfrentan al dilema de cómo declarar los ingresos obtenidos por alquileres, especialmente aquellos que están lidiando con impagos y buscan minimizar las consecuencias fiscales de esta situación.

Ferran Font, director de Estudios y portavoz de pisos.com, recuerda que, ya sea que el inquilino esté al corriente de pago o no, «los propietarios están legalmente obligados a declarar todos estos ingresos en su declaración de la renta». Esta problemática se ha intensificado en los últimos meses debido al fenómeno de la inquiokupación, es decir, inquilinos que firman un contrato de alquiler legal pero que, poco después, dejan de pagar la renta.

Font explica que «cuando ocurre un impago, a menudo se abre una negociación con la esperanza de que todo vuelva a la normalidad. Sin embargo, si no se inicia un proceso judicial, los propietarios deben declarar ingresos que no han recibido». El experto señala que esta práctica ya no se limita a los inquilinos más vulnerables, sino que «está siendo adoptada por personas que, aunque tengan recursos económicos para pagar, prefieren no hacerlo aprovechando las debilidades del sistema».

En cuanto a cómo se deben contemplar estos impagos en la declaración de la renta, Font detalla que, en general, los ingresos por alquiler forman parte de los rendimientos del capital inmobiliario y se deben incluir en la base imponible general, con un tipo impositivo que varía entre el 19% y el 47%, dependiendo del monto total de los ingresos.

Sin embargo, si el inquilino no paga el alquiler, el propietario puede considerar la deuda como «saldo dudoso» y deducirlo como un gasto necesario para la obtención de los rendimientos, siempre que estén debidamente justificados: «El propietario solo podrá declarar la renta como gasto en aquellos casos en los que, transcurridos seis meses desde el primer intento de cobro, se haya iniciado un procedimiento judicial».

«Estamos frente a una situación de desprotección que solo aleja a los propietarios del mercado de alquiler. Cuanto más necesaria es la oferta, mayores son los problemas que enfrentan los propietarios, como la creciente inflación, la limitación del 2% o la mencionada inquiokupación», sostiene Font. Finalmente, el director de Estudios y portavoz de pisos.com enfatiza la importancia de conservar toda la documentación que acredite la existencia de deudas y los esfuerzos realizados para intentar cobrarlas.