El recientemente implementado Real Decreto 892/2024, que entró en vigor el 1 de octubre de este año, trae consigo cambios significativos en la inspección técnica de vehículos históricos en España. Esta nueva normativa revisa y actualiza el marco anteriormente establecido por el RD 1247/1995, incorporando en el proceso tecnologías y requisitos actualizados que buscan salvaguardar y preservar el patrimonio automovilístico del país, garantizando condiciones de circulación seguras.
DEKRA, una entidad destacada en el campo de la inspección técnica de vehículos, ha manifestado su disposición y capacidad para implementar estas nuevas regulaciones. Su objetivo es continuar contribuyendo al cuidado y protección de los vehículos históricos, asegurando que estos puedan seguir en las carreteras de manera segura y cumpliendo las exigencias del nuevo decreto.
Entre los principales cambios introducidos por esta normativa, se destaca la introducción del «Nuevo servicio 22 – Histórico», una clasificación específica para estos vehículos. Se ha establecido un periodo de adaptación de un año para que las estaciones de ITV modifiquen sus procedimientos según estos nuevos lineamientos.
Otro cambio importante es la regulación de las bajas temporales, las cuales ahora tienen una duración máxima de un año, salvo para los vehículos agrícolas. Además, la normativa elimina la necesidad de una resolución de catalogación por parte de la Dirección General de Industria y limita el uso de estos vehículos a un máximo de 96 días al año. También se abren nuevas puertas para la rehabilitación de vehículos históricamente valiosos que previamente hayan sido destruidos.
El Real Decreto también ajusta los periodos de inspección ITV para vehículos históricos según su antigüedad. Vehículos con más de 60 años estarán exentos de esta inspección, mientras que distintas periodicidades se aplicarán a otros grupos de edad, buscando equilibrar la preservación del valor histórico con la garantía de seguridad en la vía.
Asimismo, los vehículos históricos estarán exentos de portar el distintivo V-19, que será sustituido por uno más acorde a su clasificación, el distintivo «H». Para clasificar un vehículo como histórico, este deberá haber sido fabricado o matriculado hace más de 30 años, estar fuera de producción y mantener su configuración original, entre otros criterios.
El decreto divide a los vehículos históricos en dos grupos: aquellos con matrícula ordinaria en España, que tendrán un proceso abreviado de clasificación, y los que no cumplen con esta coincidencia de fechas, que seguirán un proceso más riguroso. También se contempla la posibilidad de que los vehículos fabriqués antes de 1970 mantengan sus placas originales.
El marco general de circulación para estos vehículos se ha renovado, exigiendo condiciones como un seguro obligatorio y el cumplimiento con normas técnicas mínimas de alumbrado y seguridad. Asimismo, se establecen limitaciones adicionales para aquellos que no superen los 80 km/h.
Finalmente, se especifican los usos permitidos para los vehículos históricos, habilitándolos para transporte público, labores agrícolas, y otros usos, siempre bajo ciertas condiciones.
En definitiva, el Real Decreto 892/2024 busca adaptar la normativa de vehículos históricos a las exigencias actuales en materia de seguridad y protección medioambiental, al tiempo que protege y valora este importante patrimonio cultural y automovilístico. DEKRA, con experiencia probada en el sector, se encuentra preparada para aplicar estas innovaciones, reafirmando su compromiso con la conservación responsable de estos vehículos en España.