La Audiencia Nacional Deniega la Extradición a Estados Unidos de una Ciudadana Española

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La Audiencia Nacional acuerda no extraditar a Estados Unidos a una ciudadana española

La Audiencia Nacional ha tomado la decisión de denegar la extradición a Estados Unidos de una ciudadana española, en un caso defendido por Chabaneix Abogados Penalistas. Este despacho, liderado por el abogado Luis Chabaneix y con Carlos Bautista, exfiscal de la Audiencia Nacional, como parte del equipo, se ha beneficiado de las garantías ofrecidas en el tratado bilateral de extradición y del principio de proporcionalidad que protege a los nacionales.

La mujer en cuestión estaba siendo investigada por el FBI en el marco de un caso que incluía acusaciones graves relacionadas con un supuesto encargo criminal. Desde el inicio del proceso extradicional, la defensa argumentó que los hechos descritos en la solicitud de extradición no constituían un delito según la legislación española, ya que carecían de los elementos necesarios para ser tipificados como tales.

Además, los abogados alegaron que la conducta imputada se produjo en un contexto de provocación policial a través de un agente encubierto. Esta circunstancia, según la doctrina del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional, es un motivo relevante para rechazar la extradición, al afectar los derechos fundamentales del proceso penal.

De manera subsidiaria, se planteó la aplicación de una cláusula en el Tratado de Extradición entre España y Estados Unidos que permite negar la entrega de ciudadanos que poseen nacionalidad española, facilitando así que el juicio se lleve a cabo en España. La defensa destacó el arraigo personal, familiar, social y económico de la reclamante en el país, en contraste con su falta de vínculos con Estados Unidos.

En caso de que las alegaciones anteriores no fuesen aceptadas, se solicitó también una garantía por parte de las autoridades estadounidenses de que cualquier condena se cumpliría en territorio español, en conformidad con los principios de proporcionalidad y reinserción social.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en su resolución del 20 de enero de 2026, consideró justificada la aplicación de la cláusula del tratado. El tribunal argumentó que la mujer carece de arraigo en Estados Unidos, mientras que su vida personal y familiar ha estado exclusivamente en España, su país de origen. Además, la Audiencia Nacional afirmó que un posible juicio en España podría llevarse a cabo sin dificultades y subrayó que la denegación de la extradición no implica impunidad, ya que las autoridades estadounidenses pueden solicitar la persecución penal ante los tribunales españoles a través de la cooperación judicial internacional.