Un tribunal de apelaciones federal en Estados Unidos ha tomado una decisión que beneficia tanto a desarrolladores de software como a usuarios, al establecer que las actualizaciones de software no son necesariamente «derivadas» bajo la ley de derechos de autor, simplemente porque están diseñadas para interoperar con el software que actualizan. Esta declaración podría parecer técnica, pero tiene implicaciones significativas para la innovación y la competencia en el sector tecnológico.
El desarrollo de software que pueda interoperar con obras preexistentes es vital para fomentar la innovación en un entorno donde pocas empresas controlan herramientas y plataformas clave. Para que los usuarios puedan reparar, mejorar y asegurar sus dispositivos, es esencial que confíen en terceros para obtener asistencia. Sin embargo, las grandes empresas tecnológicas a menudo buscan controlar y cobrar por cada posible uso de los dispositivos y software que venden, utilizando el marco legal para mantener esa posición de poder.
En un caso reciente, Oracle demandó a Rimini, una compañía que brinda soporte para mejorar el uso y la seguridad de productos de Oracle, argumentando que una actualización de software de Rimini era una obra «derivada», ya que estaba destinada a interoperar con el software de Oracle, a pesar de que no utilizaba ningún código protegido por derechos de autor de la empresa. El tribunal de primera instancia inicialmente falló a favor de Oracle, un resultado que podría haber creado un precedente peligroso.
Este fallo generó preocupación entre los desarrolladores de software, quienes históricamente han podido construir herramientas innovadoras que interactúan con obras preexistentes sin temor a las reclamaciones automáticas de derechos de autor. Rimini apeló ante el Circuito Noveno, con el apoyo de la Electronic Frontier Foundation (EFF) y otras partes interesadas, argumentando que la decisión del tribunal inferior era errónea tanto desde el punto de vista legal como de las políticas públicas.
El Circuito Noveno coincidió en que no existe un «test de interoperabilidad» que defina las obras derivadas, aclarando que una obra solo se considera derivada si «incorpora sustancialmente la otra obra». Esta aclaración es crucial para proteger la capacidad de los desarrolladores para innovar y mejorar la privacidad y la seguridad de los usuarios.
Con esta decisión, se ha establecido un precedente favorable para quienes defienden la competencia y la innovación, limitando el alcance de los derechos de autor y asegurando que las empresas no puedan monopolizar el uso de herramientas tecnológicas esenciales. En esta temporada navideña, es momento de celebrar esta victoria legal que preserva el espacio para la innovación en el ámbito digital.
Fuente: EFF.org